lunes, 27 de agosto de 2012

5. Control de emisiones? No hay Dioxina en Costa Rica?

Control de Emisiones? 
No hay Dioxina en Costa Rica?
El Ministerio de Salud es el órgano competente en el tema de control de las emisiones de calderas, controlado a través del decreto ejecutivo 36551-S-MINAET-MTSS. 
  El Ministerio nos informó que “los laboratorios capacitados realizan las mediciones con sus equipos y emiten a la empresa el informe (el cual está refrendado por el Colegio profesional respectivo) para que sea enviado al Ministerio de Salud y éste lo analice. Por lo tanto, son los laboratorios (no estatales, J.M.) los que cuentan con el equipo y personal para tales tareas. Los reportes operacionales de emisiones se emiten cada seis meses.
Las Áreas Rectoras de Salud son las encargadas de revisar los reportes operacionales y de laboratorio para evaluar los límites máximos permisibles. La empresa debe tener bitácora en el sitio del control diario de los equipos y monitoreo de las emisiones, lo cual es regulado en inspecciones por el Ministerio de Salud. El control de emisiones y funcionamiento de equipos es una tarea constante del ente generador.”
 Esperemos que los "límites máximos permisibles" estén determinados por decreto y que no los "evaluen" ad hoc.                                                       
Tenemos dudas, que el Ministerio de Salud esté en condiciones de controlar realmente y no en papel una planta de incineración de basura - una tecnología desconocida en el pais - dependiendo de las informaciones de la propia empresa y de las evaluaciones de laboratorios privados.
Mucho depende del momento en que se toma las muestras, ya que las emisiones varian mucho según las condiciones actuales de la combustión que se puede manipular.                       
En el decreto el Gobierno de Costa Rica expresa su intención de aplicar medidas de control más estrictas sobre la calidad del aire y niveles de emisión de sustancias contaminantes. Pero en el "Reglamento Sobre Emisión de Contaminantes Atmosféricos"  hay un vacío : se omite plantas incineradoras de basura, en ningún capítulo se menciona la dioxina y furanos, ni hablar de valores máximos y medidas de control de estas sustancias. 


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