miércoles, 10 de julio de 2013

31. Lo imaginable y lo real : se pide archivar el proyecto EnPower

Lo imaginable y lo real.


Publicamos aqui el texto completo de nuestro incidente de nulidad contra la incineradora Enpower porque demuestra drásticamente la diferencia de los dos mundos, en que actualmente se está discutiendo esa materia. Por un lado las especulaciones académicas sobre la viabilidad de la tecnología incineración, “siempre y cuando” haya ciertas condiciónes:
  • que se decrete reglamentos más estrictos que los que rigen en la Unión Europea,
  • que estos sean armados con fuertes sancciones,
  • que autoridades capacitadas y dispuestas de aplicarlos actuen sin intervención de políticos
  • que sus funcionarios sean capacitados y equipados con equipos para fiscalizar eficientemente
  • que haya desarrolladores potentes y concientes, que vienen para limpiar nuestras tierras de la basura
  • que haya municipalidades que obedecen las leyes
  • que haya una población que con gusto separa lo reciclable
  • que no tire contaminantes en sus bolsas de desechos..... ect.
Al otro lado un mundo diferente: la realidad de Costa Rica como aparece en nuestras denuncias en un caso real y actual.
Es fácil copiar y pegar unas leyes de otros paises, crear imágenes de un pais verde o producir autoelogios de estilo que vemos en las presentaciones de la indústria.
Otra cosa es transformar estas ilusiones en realidad, cosa que a nadie apetece.







Comité pro Mejoras Barrio Bonanza
Carlos Castro Castro
céd. 6-223-982

A la Comisión Plenaria de la SETENA

Asunto: Expediente D1-6356- 2011, Proyecto Puntarenas Waste to Energy
Se pide la nulidad absoluta del trámite por inconsistencias, mala valoración y faltas en la aplicación del principio precautorio.

Estimados señores de la Comisión Plenaria

En mi condición de vecino directo de la planta incineradora proyectada en Barranca, presidente del Comité local del Barrio Bonanza, afiliado a la Asociación de Desarrollo Integral y apersonado al
expediente, solicitamos la nulidad absoluta del trámite y el pronto archivo del expediente 6356-2011, proyecto “Puntarenas Waste to Energy” de la empresa Environmental Power E.P.C.R.S.A., porque vencido el plazo el desarrollador no cumplió con los requisitos del trámite de Viabilidad Ambiental.
Les ruego considerar que los vecinos del sitio, donde se pretende construir la planta incineradora, ya llevamos mucho tiempo de vivir bajo la amenaza, que este proyecto se realice – el primer contrato con la municipalidad se firmó en 2006, la SETENA lo tramita desde 2011. Nos sentimos paralizados en cuestiones vitales, como hacer mejoras en nuestras casas y en el barrio o buscar otro domicilio. Hasta se han cuestinado la construcción del nuevo hospital por la cercanía del proyecto.
Ahora, pasado el último plazo otorgado para que la empresa subsane las graves deficiencias de su documentación, no queremos esperar meses y meses más, hasta poder presentar un Recurso de Revocatoria, en caso que la Comisión Plenaria otorgue la Viabilidad al proyecto.

Denuncio las siguientes deficiencias en la tramitación, cada una de esas suficiente para impedir el otorgamiento de la Viabilidad Ambiental al proyecto:

Deficiencias administrativas

1 PPGA en vez de EsIA
Considerando la ubicación del proyecto en una zona densamente habitada,
el impacto social que generará la actividad,
la cercanía de varias captaciones de agua potable,
la magnitud de la obra,
el tipo de material a utilizar,
el carácter potencialmente peligroso del proyecto y
la complejidad de la tecnología que se pretende implementar, desconocida en el pais,
no es aceptable que la SETENA condonara al desarrollador la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.
En base de estas consideraciones citatadas, el mismo DEA determinó, que para el proyecto de la empresa Wastenergy en Coyol de Alajuela (exp. 9279 2010) un EsIA era el instrumento de evaluación necesario, (Res. 69-213) Este proyecto se encuentra en una zona industrial indicada en el Plan Regulador (que en Barranca no existe). Además utilizará la tecnología de gasificación, que usualmente – no por nosotros - es considerada como menos impactante que la incineración.
Parece que, pedirle solo un P-PGA a la empresa Enpower, ha sido una decisión muy personal de la evaluadora encargada del caso.
El análisis de los requisitos, presentados en el marco de ese P-PGA (y declarados “cumplidos” por la evaluadora) demuestra que el P-PGA (como lo entiende la SETENA) no es el instrumento adecuado para evaluar el impacto ambiental que pueda conllevar un proyecto de esa transcendencia.

Solictamos que se anule la Resolución 180-2012-Setena, Por Tanto Primero: “ ... se le solicita al desarrollador la presentación de un Pronóstico Plan de Gestión Ambiental...”.

2 Prórroga de Ampliación del Estudio Socioeconómico ilegal
El 10-1-2012 la Comisión Plenaria pidió un Estudio Socioeconómico al desarrollador para complementar la documentación presentada con el D-1, que entre otros elementos debería incluir: Características de la población, percepción local del proyecto, aspectos sociales importantes. Se advirtió: “Si el PGA aportado no cumple con los requerimientos fijados por esta Secretaria se autoriza, que mediante un oficio se le solicite al desarrollador, POR UNA ÚNICA VEZ, que en un plazo máximo de un mes, se subsane las deficiencias detectadas, caso contrario se procederá a aplicar la legislación vigente.” En marzo 2012 la empresa presentó el estudio .

En el oficio DEA-4973-2012 del 14 de diciembre 2012 se indica al desarrollador, que el estudio socioeconómico es deficiente y pide por primera vez una complementación: informar a la población afectada y evacuar las dudas que surjan. Se otorga un plazo muy corto de 15 días para cumplir con el requirimiento, hecho del cual surgen dudas si la SETENA contempló la tarea con la seriedad adecuada.
En su respuesta del 15 de enero 2013 la empresa propone: instalar un número telefónico o una dirección de correo electrónico y posiblemente una oficina de información cuando la planta esté operando.

El 13-5-2013 el oficio DEA-1282-2013 comunica al desarrollador la resolución del DEA que “la propuesta no puede ser avalada... que no cumple con lo solicitado en el DEA 4973 -2012.” De esta constatación resulta que legalmente el expediente tenía que ser archivado.
No obstante la SETENA le solicita otra vez lo mismo: realizar un proceso informativo y evacuar las dudas de los vecinos. Se advierte como siempre: Es por una única vez. Solo el plazo cambia: 2 meses.
Vencido ese plazo el desarrollador no presentó la ampliación solicitada.

No es posible que la SETENA solicitara por segunda vez que la empresa subsane la información requerida, después de resultar inaceptable la primera complementación. El Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental,art. 25, inc. 4 estipula sin excepciones que el PGA solo puede ser complementado por una única vez y que el no cumplimiento consecuentemente debe llevar al archivo del expediente. Esa determinación surge de la propia misión de la SETENA, que es definida como una institución fiscalizadora de proyectos, no como institución asesora, que corrija a los desarrolladores hasta que sus declaraciones parezcan aceptables.
(Sobre el contenido del Estudio vea puntos 5 y 6)
Solicitamos que se anule lo resuelto en el oficio DEA-1282-13, en cuanto se solicite por segunda vez la ampliación del estudio presentado por el desarrollador, porque con eso se viola el artículo 25, inciso 4 , del decreto 31849- MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC. Y solicitamos que en consecuencia se proceda al archivo del expediente.


3 Permiso de Ubicación vencido
La resolución de Ubicación otorgada por la Municipalidad de Puntarenas venció el 8 de junio 2013.(véa folio 195) Indica la alcadesa que la municipalidad no renovará el permiso. La falta de este requisito constituye un defecto, que impide el otorgamiento de la Viabilidad Ambiental.
La decisión de la Resolución 180-2012: seguir con la tramitación del proyecto, fue tomada en la suposición que el desarrollador contara también en el futuro con este permiso, suposición que resultó errónea.
Solicitamos que se anule la Resolución 180-2012, Por Tanto Primero, donde se resuelve:...”continuar con el proceso de evaluación ambiental”. La continuación contradice a lo indicado en el Decreto 32966-MINAE, Guia EsIA y P-PGA, Artículo 5.4.

4 Falta de la base material del proyecto

La declaración del desarrollador que iba a procesar los Desechos Sólidos Municipales de Puntarenas resulta obsoleta, después de que la Municipalidad de Puntarenas declaraba, que el contrato al respecto quedara nulo por incumplimiento del desarrollador. (Acuerdo aprobado por el Concejo Municipal de Puntarenas, sesión 42-2013.) La falta de la base material del proyecto (y con esa la factibilidad económica) haría necesario un cambio sustancial, por ejemplo quemar carbón, aceite negro, llantas o residuos importados, actividad que no es cubierta por la descripción del proyecto.
Mientras las municipalidades cercanas cuentan con soluciones propias para el tratamiento de sus DSM, también queda sin fondo la justificación, de que la planta incineradora solucionara un urgente problema ambiental de la región.
Solicitamos que la SETENA no siga con la tramitación por falta de Factibilidad Económica del proyecto.

Deficiencias en materia social
5 Arbitraria e incorrecta definición del Área de Impacto
Es inaceptable como se determinó el área de impacto en el Estudio Socioeconomico. No dieron ningún criterio racional, que justifique esa determinación. Se escogió un área (en el contorno de la línea puntada, véa mapa folio 231), que apenas cubre una extensión de un tercio de km², mientras el impacto de las emisiones tóxicas se sentirá por lo menos en un radio de 5 km, que corresponde a una superficie de 75 km² con más de 50 mil habitantes. Vecinos del Barrio Bonanza que vivimos directamente a la par de la planta proyectada según ellos no pertenecemos a tal “área de impacto”.
Las coordinadas indicadas en los lados del mapa son falsas. Despiertan la impresión de una superficie aproximadamente 12 veces más grande.
Solicitamos que se archive el expediente, porque el desarrollador no ha cumplido con la solicitud de SETENA de corrigir el supuesto Área de Impacto. (DEA 1382-2013) Contradice a lo estipulado en el decreto de Poder Ejecutivo 32966-MINAE.

6 Errónea selección de la población interrogada
No es aceptable que la firma consultora investigara la percepción del proyecto de solo 47 personas.
Este número resulta de una maniobra indebida, de manera que se relaciona las 550 casas en el reducido “área de impacto” con las 47 casas en que viven las personas interrogadas, obteniendo una relación de
1 por 12, para dar la impresión de una representatividad aceptable. En realidad se preguntó 47 personas de las 1980, que viven en estas casas, una relación 1 por 40.
El consultor se refiere a una práctica del INEC. Este argumento no es válido porque el Instituto hace preguntas sobre la situación real de las familias (hijos, ocupación, escolaridad), no investiga percepciones de personas. Mucho menos es aceptable la justificación de la escueta representatividad con “diversas limitaciones (recursos humanos, económicos y de tiempo)”, véa folio 233. De esta manera se podría justificar cualquier deficiencia de un PPGA.
No es aceptable que los consultores no se dirigieron a la asociaciones de desarrollo u otras organizaciones activas en la comunidad para que estas propongan “personas claves”.
El consultor califica de “líderes comunales” a personas que en el “área de impacto” no son conocidas. Estos líderes nunca informaron a los habitantes sobre el proyecto, mucho menos pueden representar las opiniones de ellos.
Es inaceptable que se efectuó una “investigación” sobre la percepción del proyecto que tuviesen los vecinos, sin presentar la más minima información anteriormente. Por cierto el consultor lamenta que los habitantes no sabían nada del proyecto, pero de eso no resultó ninguna consecuencia.
Respecto a la última oportunidad otorgada a la empresa constatamos: A pesar de que varias organizaciones de Barranca (entre otras la nuestra) le solicitamos información sobre fecha y lugar de los “talleres de consulta” , que el DEA le pidió al desarrollador, este no respondió. Mucho menos evacuaron las dudas de la población. La SETENA debe hacer valer sus propios requerimientos.

Solicitamos que se anule lo tramitado por incumplimiento con el decreto 32966-MINAE.

Deficiencias técnicas

7 Desfogue de aguas residuales riesgoso y sin permiso
El permiso del desfogue de aguas superficiales otorgado por la Municipalidad, que según la interpretación del desarrollador implica la disposición del efluente de la planta de tratamiento y de aguas residuales a través del “tanque de tilapias” venció el 8 de junio 2013.
La empresa no presentó un permiso de la Dirección de Aguas del MINAE de vertir esas aguas a la quebrada Chaguite, como pidió el Ministerio de Salud en su oficio DPAH-UASSAH-159-2013. La falta de este requisito también constituye un defecto grave , que debería impedir el otorgamiento de la Viabilidad Ambiental.

En cuanto al contenido de la propuesta presentada por la empresa la SETENA tenía que considerar las siguientes observaciones :
A El desarrollador propone: “La disposición del efluente de la planta se hará a través del propuesto tanque de tilapias ubicado en el sitio y posteriormente en la quebrada Chiquita.” (nombre correcto: Chaguite)
El efluente estará compuesto por aguas residuales del proceso, del lavado de los pisos y de los camiones recolectores y por las aguas pluviales que llevarán posibles residuos de las aguas negras de las instalaciones , regadas a las zonas verdes alrededor de la quebrada. Todas las aguas del proceso pasarán por un tanque de tratamiento, pero permanecen solo por un corto plazo en el tanque.
Después son vertidas en la “laguna de tilapias” a la orilla de la quebrada Chaguite que atraviesa el área del proyecto y el barrio Bonanza.
B Esta laguna se ubica a pocos metros sobre el nivel del mar. Cuando hay lluvias fuertes la quebrada se desborda, hasta que una vez destruyó una casa colindante al proyecto. Probablemente inundará la laguna de tilapias, más porqué los 30 000 m² de superficie impermeable del proyecto en poco tiempo pueden causar un aumento considerable del caudal de la quebrada.
C El estudio de Hidrogeología básica presentado a la SETENA indica:“el manto acuifero aluvial en el área del proyecto, por las condiciones de porosidad (40%) y permeabilidad media a alta 1.32 m/dia... podria ser considerado muy vulnerable a la contaminación por aguas residuales desde la superficie.” (folio 65)
D Alrededor del proyecto en un radio de 400 m se encuentran 17 captaciones de agua potable, entre otras las del AyA y de la empresa Sardimar. (folio 62)
E El estudio Geotécnico indica: “El nivel freático no fue detectado en ninguna de las perforaciones realizadas, pero a pesar de eso se deben tomar todas las previsiones, para no tener problemas con excavaciones en caso que se presente agua en las mismas.” (folio 84) No se considera problemas de contaminación.
La perforación en el punto de la laguna solo llegó a una profundidad de 2.70 m por pegar en una
piedra, el resto (6) oscilan entre 1.35 y 4.05 m.( folio 82)
Ante el riesgo de contaminar muchas fuentes de agua potable esta “investigación” es demasiado superficial y no aceptable.
Solicitamos que se anule lo tramitado por mala evaluación y aplicación del principio precautorio.
8 Emisiones al aire no son especificadas
Con razón fue criticado por el Ministerio de Salud que el desarrollador no había presentado información específica sobre la composición del combustible DSM “para poder determinar los principales contaminantes y su respectiva concentración en las diferentes fases (gases, cenizas y efluentes líquidos)” (Oficio DPAH-UASSAH-159-2013)
Tampoco se presentó información específica sobre los equipos de control que se usará. No presentó datos técnicos sobre el previsto equipo, mucho menos sobre el grado de eficiencia probada, como se lo espera de cualquier productor de vehículos, antes de permitir la circulación. En consecuencia tampoco se puede indicar las concentraciones de tóxicos que finalmente emitirá. No es posible que el desarrollador solo declare que los gases saldrán “limpios” de la chimenea y que promete respetar los valores límites, que la EPA o la Comisión Europea han fijado. Estos datos difieren tanto, por ejemplo respecto a dioxinas y furanos, (la EPA permite 100 veces más que la CE) que no se puede asumir, que el desarrollador realmente pueda garantizar algún valor límite.
Si la promesa que se respetará en general las leyes y los reglamentos vigentes fuera suficiente, no habría nada de evaluar. Lo que hay que pedir es, que un desarrollador demuestre técnicamente con datos científicos que sus promesas son factibles.
A este defecto del PPGA corresponde la incapacidad técnica y legal de las autoridades del pais, de regular efectivamente la indústria de incineración. No existe una fiscalización técnica de las cantidades de dioxina que emiten las indústrias (p.e. las cementeras) y no existe un reglamento nacional que limite la emisión de dioxinas y furaneos. Ya esa deficiencia debe ser razon obligatoria de no permitir la incineración .
Los datos imprecisos que presenta el desarrollador solo dejan la posibilidad de estimar la calidad del sistema de control en base de su precio. Es conocido que los sistemas de control de emisiones cuestan aproximadamente la mitad del precio total de una planta incineradora. En el anexo “Costo Total del Proyecto” el desarrollador no especifica el costo del sistema de control, solo indica $ 27 millones como costo del “equipo”, que incluye las calderas y la transformación del calor en electricidad. El costo total del proyecto se calcula en $ 36 millones. Este costo parece demasiado bajo comparado con los $ 400 millones estimados para el proyecto de Wastenergy en La Garita, que es de semejante tamaño y coincide con los precios internacionales para plantas de incineración.(Compare datos técnicos y precios de la planta en Nurenberg, Alemania). No es de esperar que un desarrollador que justifica la deficiencia de su Estudio Socioeconómico con “limitaciones económicas”inviertaría los recursos enormes, que son necesarias para cumplir con los parámetros que rigen en la UE en esta materia. Y estos estándares aún no son aceptados como seguros por algunos especialistas.

En el capítulo “Flujo de Masas” solo se menciona la inyección de calcio y carbón activado en el flujo de gases y bolsas de filtración que supuestamente retienen estos polvos. Es una técnica muy básica, que no garantiza la retención total de gases tóxicos como las dioxionas, que ya en concentraciones extremamente pequeñas afectan la salud de personas expuestas a ellos - más si la exposición dura por muchos años, porque son bioacumulativos.
No se menciona la implementación de filtros electroestáticos, equipo que entre tanto es estándard en incineradores modernos.(Nurenberg 1800 m²) Tampoco aparecen tanques lavadores y neutralizadores de gases. No se menciona si se usará un sistema de “bypass” para emergencias, o soluciones que lo sustituyan. No se menciona sistemas de refrigeración de la cámera de combustión.
Resulta que quedan dudas graves de que se usará los “mejores sistemas y equipos al alcance”, para garantizar la inocuidad de las emisiones.
Solicitamos que se anule lo tramitado por mala evaluación y omiso del principio precautorio.

9 Contaminación por residuos sólidos del proceso no es considerada
La disposición de las escorias, cenizas y tortas de filtros altamente tóxicas no es tratada adecuadamente en el PPGA. Se las trata de manera superficial como si fueran materiales inocuos, que se pueda usar en construcciones o simplemente depositar en rellenos sanitarios comunes. No se indican tratamientos especiales, que son obligatorios en EEUU y en la UE, por ejemplo almacenamiento en rocas salinas muy profundas, aisladas de la biósfera.
Solicitamos que se anule lo tramitado por mala evaluación y omiso del principio precautorio.
10 El riesgo sísmico no es evaluado en vista a la vulnerabilidad de la torre caldera
El Estudio de Geología Básica constata: “La zona de estudio se ubica en una región sísmicamente activa, con eventos de subducción y por sistemas de falla circundante. La misma puede ser sometida a fuertes sacudidas futuras con intensidades esperables de VII y VIII en la escala Mercalli Modificada. En las cercanías del proyecto se localizan fallas importantes, tales como Barranca, Tivives...En el pasado en el área del proyecto y alrededores había sismos del orden de los 4 a 4.9 de magnitud y profundidades superiores a 40 kms.” (folio 66)
Igual que en el estudio hidrogeológico (nivel freático alto, vulnerabilidad del acuífero) las conclusiones técnicas
de los consultores no corresponden a los hechos encontrados:“En términos generales, las condiciones de geoaptitud natural del terreno donde se pretende llevar a cabo el proyecto son adecuadas para desarrollar el mismo.” Estas conclusiones carecen de lógica.
(En el contexto hay que recordar, que en el caso de la cercana mina Bellavista se cometió el mismo error. Se constató correctamente la presencia de fallas fuertes bajo el proyecto. No obstante se concluyó que las condiciones del terreno serían adecuadas para construir una pila de lixiviación encima, conclusión que resultó errónea.)
No se considera la vulnerabilidad especial a sacudidas de la torre caldera de una planta incineradora, ya que no se trata de una nave industrial cualquiera, que en el peor caso pueda romper.
Al romper esta torre se liberarían grandes cantidades de humo, partículas y gases tóxicos como ocurrió hace unos años en Ludwigshafen, Alemania. Estas torres por si ya son afectadas por ácidos extremamente agresivos debido a las altas temperaturas que rigen en el horno.
Solicitamos que se anule lo tramitado por mala evaluación y omiso del principio precautorio.

Resumen
En las principales materias de estudio del PPGA y en la propia tramitación se nota graves deficiencias, que violan la legislación vigente y que implican riesgos para el ambiente de la zona y para la salud de los y las habitantes. Solicitamos que se considere cada una de las 10 denuncias y también el conjunto de las mismas para decidir sobre la nulidad absoluta del proceso.

Observamos que la evaluadora, Ing. Maritta Alvarado Velas, cometió negligencias por no pedir que el desarrollador subsane esas deficiencias y por no recomendar el archivo del expediente cuando era evidente, que el desarrollador no puede o no quiere cumplir con sus requerimientos. Coincidimos con el Ministerio de Salud cuando indica en el oficio DPAH-UASSAH-159-2013:“ No omitimos manifestar, lo anterior (3 requerimientos no solicitados por la evaluadora, ni cumplidos por el desarrollador) debe ser considerado por la SETENA cada vez que se revise un proyecto de este tipo.”

Atentamente

Carlos Castro Castro 

10 de julio 2013

Se recibe notificaciones al fax 22 68 27 33
comitepromejorasbonanza2012@gmail.com

Cc. Ing. Pablo Bermúdez Vives, DEA
Aura Jiménez Hernández, Alcaldesa de Puntarenas
Concejo Municipal Puntarenas





jueves, 27 de junio de 2013

30. Vecinas y vecinos del Barrio Bonanza dicen NO al incinerador de basura

Puntarenas, 25 de junio 2013




26 de junio: Saliendo del Barrio Bonanza



Por la Interamericana







 Puesto


Barranca NO se vende.
 NO al incinerador de basura !














martes, 25 de junio de 2013

29. Fin de la incineración en Europa en 2020

Los partidarios de la incineración de basura con gran entusiasmo suelen llamarla “la tecnología del futuro”. Como muchos otros de sus “argumentos” también este tiene muy poco que ver con la realidad. Es una práctica vieja ya obsoleta, que no puede competir con las técnicas modernas de separación y reciclaje de desechos, que se acercan a la meta “Cero basura”. Una prueba de esta tendencia es la resolución del Parlamento Europeo aprobada en junio de este año:

Fin de la incineración en Europa en 2020

"El Parlamento Europeo aprueba por amplia mayoría una resolución que reclama eliminar esta práctica progresivamente.

La incineración de «residuos reciclables y compostables» tiene los años contados en la Unión Europea. El Parlamento pidió ayer por 479 votos a favor, 66 en contra y 63 abstenciones su eliminación «progresiva» antes de 2020. Para ello solicitó a la Comisión Europea que presente propuestas concretas antes de 2014.
Además, la resolución parte del principio de que «el reciclaje es más que la recogida de residuos reciclables y que, por tanto, resulta fundamental que las futuras medidas abarquen todos los eslabones de la cadena de valor». La resolución propuesta por Gerben-Jan Gerbrandy parte de la consideración general de que «la actual crisis económica, financiera y medioambiental muestra que Europa necesita con urgencia nuevas fuentes de crecimiento económico sostenible». Y añade que «el cambio de la económica hacia un uso más eficiente de los recursos» «reforzará la competitividad y aportará nuevas fuentes de crecimiento y de empleo».
El diputado de Gipuzkoa de Medio Ambiente, Juan Carlos Alduntzin, destacó la relevancia de la decisión, agregando que tiene 479 razones más para oponerse a la incineración. El destacó la relevancia de la decisión, agregando que tiene 479 razones más para oponerse a la incineración.
http://gara.naiz.info/paperezkoa/20120525/342985/es/PP-PNV-PSE-apoyan-Europa-fin-incineracion-2020

Aunque costará que la Comisión y los gobiernos miembros, que son más vulnerables a la presión de la indústria interesada, conviertan esa decisión en leyes vigentes, se puede asumir que los parlamentarios no la hayan tomado por vacilón. 

Vecinos del barrio Bonanza participaron con una manta en la manifestación en Puntarenas el 25 de junio.

martes, 4 de junio de 2013

28. Diálogo a la Tica


Diálogo a la tica


Imagínese un MINISTRO y su SEGURIDAD citan a las organizaciones ambientalistas y les responden: Gracias Señores, no nos sentamos, mañana en la calle nos vemos.

  Política de "información"

En enero 2012 SETENA le permite a Enpower presentar un ”Pronóstico Plan de Gestión Ambiental”(PPGA) - en vez de un “Estudio de Impacto Ambiental” (EIA), que por la naturaleza y por los riesgos del proyectado incinerador sería el instrumento adecuado. (Asi decidieron correctamente en el caso del incinerador de Wastelectric en La Garita.) Entre otras “facilidades” el PPGA lleva la “ventaja” que no obliga consultar a la población afectada por medio de una “Audiencia Pública” organizada por la SETENA, donde los habitantes pueden articular sus dudas, para que la empresa las evacue y para ser consideradas en la resolución final.
No obstante el Reglamento obliga a los desarrolladores presentar un “Estudio Socioeconómico Cuantitativo y Cualitativo”, para medir el grado de aceptación de parte de los vecinos en el “Área de Influencia” de la planta. Al no aparecer este entre los estudios presentados por EnPower, SETENA lo pide expresamente en el oficio DEA 1551- 2012.
En mayo 2012 EnPower entrega una caricatura de este requisito, un producto seudocientífico que puede servir de muestra ejemplar de muchos “Estudios” que inflan los expedientes en la SETENA. Se hizo una “encuesta” que produjo el resultado que la mayoría de los entrevistados opinó “que el proyecto sería favorable para la zona”. Resultado que se presentó a pesar de que 37 de los 47 entrevistados habían declarado que nunca oyeron nada sobre el incinerador proyectado, mientras el resto (10) “escuchó algo sobre un proyecto”. Considerando que la incineración es una tecnología absolutamente
desconocida en Costa Rica, parece una burla que a estos habitantes se pida opinar “sobre los impactos positivos o negativos a los servicios de electricidad, salud etc”. 
En consecuencia la SETENA decide (diciembre 2012): “que el desarrollador debe realizar un proceso informativo a la población del Área de Influencia Directa. Además se deben evacuar las dudas que posee la población.... Asimismo deberá establecerse para los principales impactos las medidas de mitigación y/o compensación. La cual deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles por una única vez.” Se advierte que al no cumplir se aplicará el artículo 25 del Reglamento: archivo del expediente.

EmPower de su agradable manera ligera responde que se pueda establecer un número telefónico o correo electrónico e inclusive una oficina de información ....cuando el proyecto disponga de Viabilidad Ambiental.



Entre tanto había una fuerte reacción espontánea de la población de Barranca, informada por medio de este blog: Varias resoluciones que rechazan categóricamente la incineración, más de 850 firmas en el mismo sentido, audiencias en la SETENA, en la municipalidad y con la presidenta Chinchilla.
En vista a esa resistencia decide la SETENA (14 de mayo 2013): “Que no se evacuaron las dudas a las personas claves consultadas...Que asi mismo esta propuesta (teléfono etc.) no puede ser avalada.” Ahora bién se esperaría que los funcionarios hagan valer su advertencia - pero no es asi en esta república. Poseen una flexibililidad y paciencia que nunca se debe subestimar.
Se resuelve otra vez lo mismo: “Es fundamental se realice un estudio de percepción social en el cual se garantiza una mayor participación social de las personas en el Área de Impacto directo e indirecto. El equipo consultor deberá organizar un programa participativo de reuniones y actividades con las comunidades. Incluirá en el análisis de impactos los puntos específicos que las comunidades consideren relevantes. La cual deberá presentarse en el plazo de dos meses por una única vez.”
El Comité No a la Incineración decidimos tomar dos medidas: Interponer una solicitud de archivar el expediente EnPower y, como precaución, prepararnos para discutir ya informados con los representantes de la empresa en las reuniones que posiblemente van a realizar.







 
ARCHIVEN ENPOWER !

Comité Pro Mejoras Barrio Bonanza 3 de junio 2013


A la Comisión Plenaria de la SETENA



Asunto: Expediente D-1-6356-2011, oficio DEA 1382-2013, solicitud de archivar el expediente



Estimados Señores:

Por casualidad nos dimos cuenta del oficio DEA-1382 del 13 de mayo dirigido al sr. J.R. Krieg, representante de la empresa Environmental Power S.A. Vemos que en esta ocasión no se comunicó la decisión por medio de Resolución de la Comisión Plenaria, con el efecto que no se nos notificó de ella, aunque estamos apersonados al expediente y que por eso no podíamos apelar la decisión en el plazo de 3 días.

Vivimos lejos de sus oficinas y el viaje en bus para revisar el expediente siempre nos cuesta todo un dia. Solicitamos que por favor se nos avise un movimiento en casos similares en el futuro.

No nos parece legal pedirle a EnPower la consulta de la población afectada por el proyecto ya por tercera vez. Entendemos que el Reglamento General sobre los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, (art.25 inciso 4), permite solo una vez, que el interesado presente un nuevo documento para subsanar, explicar o complementar un estudio cuestionado por la SETENA. En el oficio DEA-4973-2012 del 14 de diciembre 2012 ya se le otorgó esa oportunidad al desarrollador advirtiéndole que sea por “una única vez”, oportunidad que el desarrollador aprovechó de manera “no avalable” por la SETENA.

Solicito que en consecuencia se archive el expediente.

Sobre la argumentación en el oficio permítanme unas observaciones:

Coincidimos con el criterio del DEA, que respecto a la participación de los habitantes “no solo se trata de un proceso de información sino también de un proceso de consulta.” Pero dudamos que la empresa Enpower realmente brinde información sobre los riesgos que implica el proyecto, que es otra cosa que la propaganda sobre las imaginadas ventajas de la incineración. Creemos que tampoco deba tratarse de consultas con algunas “personas claves”, (cinco) escogidas por la empresa, como propone la SETENA. Creemos que una decisión realmente informada de la población solo es posible en base de una discusión pública, en que se enfrentan directamente los argumentos pro y contra. El “diálogo” con unos individuos, que por su parte no tienen criterios técnicos, no produce un entendimiento real sobre el proyecto sino en el mejor caso unas promesas no concretas.

Respecto a la mitigación de impactos que SETENA recomienda negociar: Según la descripción de la misma empresa y los reglamentos generales del pais hay que suponer que ya en el PPGA se hayan presentado “las mejores prácticas y tecnologías al alcance”. Si aceptamos eso, resulta, que no quedan espacios reales para lograr “mitigaciones”, mucho menos eliminar el factor que impacta.

Respecto a las “compensaciones” ya aclaramos en varias ocasiones que para nosotros la salud de nuestras familias y nuestra calidad de vida no están en venta, ni por donaciones ni por otros beneficios (p.ej. recolección gratuita).

El malentendimiento de fondo tanto con la empresa (como con la SETENA) consiste en que nosotros estamos discutiendo la propia factibilidad ambiental del proyecto, mientras ellos suponen de antemano que el proyecto se realizará de todas maneras, que el tema de un “dialogo” solo pueden ser mitigaciones “posibles” y si no son posibles, compensaciones.

Hemos presentado nuestras dudas respecto a la viabilidad en varias ocasiones, entre otras por medio de Audiencia privada y una declaración firmada por 850 vecinos. Lamentamos que la SETENA no responde a nuestros argumentos, ni pide a la empresa evacuarlos.


Atentamente

Julio Müller, ced. 127- 60006-5616

miramaralgrano@gmail.com, notificaciones al fax: 26 39 94 51

Cc. Ing. Pablo Bermudes Vives, Coordinador DEA

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Carta de la Asociación Barranca

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martes, 28 de mayo de 2013

27. DEFENDAMOS EL AIRE

DEFENDAMOS EL AIRE

Hace un tiempo observamos una invasión de empresas extranjeras, vendedores de plantas incineradoras de todo tipo y tamaño, que con un “perfil bajo” visitan alcaldes y concejos municipales para presentarles la “última tecnología” de tratamiento de desechos. Por supuesto es verde porque produce energía de fuentes “renovables”, una solución de todos los problemas que pueda tener un municipio – sin ningún costo adicional. Normalmente son empresas que pretenden “coordinar” los componentes necesarias para un proyecto de ese indole. Elementos de un clima, que fomenta esa “idea de negocio” son:


1 Una aceptación general de todo que suena verde o renovable, debido al deterioro del ambiente

2 Una “emergencia de basura” producida por la inactividad de las autoridades

3 Una sobreoferta de equipos de incineración, debida a la saturación del mercado global

4 Inmensos capitales vagos que rodean el mundo en búsqueda de inversión lucrativa

5 Un pais ansioso de comprar energía privada

6 Un pais “vulnerable” a la corrupción, gobiernos permisivos


Aparentemente encontraron este clima ideal en Costa Rica. Como dijo Ken Roblyer, el entonces presidente de Environmental Power al periódico en ingles “AM Costa Rica” :
“ La corporación está buscando paises fuera de Estados Unidos porque permisos son más fáciles. No hay tantos grupos que se oponen. Costa Rica es un pais maravilloso para hacer negocios. Los ticos quieren a los americanos. Estamos trabajando directamente con las municipalidades, manteniendo un perfil bajo.”

Tenemos conocimiento y actas de sesiones de un gran número de concejos municpales donde las empresas ofrecieron sus buenos servicios con bellas presentaciones, entre ellos: Osa, Quepos, Parrita, Puntarenas, Cañas, Tilarán, Bagaces, Carillo, San Ramón, Grecia, Alajuela, Santo Domingo de Heredia, San José. En varios casos ya consiguieron un Contrato de entrega de Desechos Sólidos Municipales, varios tramitan el proyecto en la SETENA.

Nos parece importante que los grupos ecologistas y sociales pregunten en su municipio respectivo, si hay tales intenciones, para no ser sorprendidos por hechos cumplidos, (p.ej. EIA otorgado). Para completar nuestra lista y el mapa les rogamos enviarnos las informaciones (actas, contratos) que posiblemente encuentren.
Ya se quema basura en las cementeras de las empresas CEMEX y HOLCIM.
En el mapa se indica además unos sitios de proyectadas plantas de incineración / gasificación de basura. El mapa ya no es completo.


lunes, 27 de mayo de 2013

26. Gasificación - una nueva moda. Alternativa limpia a la incineración ?

Gasificación – alternativa limpia a la incineración ?

Con ocasión de la noticia en Canal 7 sobre el proyecto de la empresa Wastelectric S.A. de construir una planta de gasificación de residuos en La Garita de Alajuela vale la pena que nos informemos sobre ésta tecnologia de tratar los DSM. 

En el Estado de Massachusetts de los Estados Unidos existe una Moratoria de Incineración de desechos sólidos DSM. En 2012 la lobby de la indústria de tratamiento de la basura intentó a eludir esta moratoria proponiendo la implementación de plantas de gasificación. El argumento fue que esta tecnologia sería una alternativa limpia y distinta a la incineración.
Los científicos Mary S.Booth y Kelly Bitov de la organización “Partnership for Policy Integrity“ se dirigieron a este gobierno para exponer sus argumentos contra esta intención.
Nosotros traducimos este artículo porque la situación en Massachusetts es parecida a la de Costa Rica.
Lo siguiente es un sumario de los puntos principales de su carta .
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“La propuesta para modificar la moratoria de incineración en Massachusetts presentó la gasificación (pirólisis) como tecnología alternativa, diferente y ambientalmente superior a la incineración de residuos sólidos. Hablando de gasificación puede hacerla sonar como si fuera una tecnología diferente, que no es.
El término gasificación se refiere a un proceso cuando los combustibles se calientan a altas temperaturas y poco oxígeno, es decir a la conversión térmica de los residuos sólidos en gas de síntesis (Syngas).
Los volátiles son expulsados, dando por resultado la creación de Syngas y un material parecido al carbón, - “char“.
Gasificación sigue siendo incineración, aunque en un ambiente bajo de oxígeno.
Incineradoras de residuos incluyendo gasificadoras, son tóxicas para la salud, perjudicial para la economía, el medio ambiente y el clima y socavan el reciclaje y programas de reducción de residuos.

Nuestros comentarios sobre la gasificación se basan en el informe de Taylor Biomass, una planta de gasificación de residuos sólidos que propusieron en Montgomery, NY. Ésta instalación se anuncia como la primera planta comercial nacional de generación de energía, por medio de syngas producido a partir de materiales clasificados y no reciclables .
Hay que tener en cuenta que la tecnología sigue siendo en gran parte no probada. De hecho, todavía no hay ninguna instalación de gasificación de DSM en gran escala en los Estados Unidos.
Persisten grandes incertidumbres en relación con el funcionamiento de las instalaciones de gasificación.
1.
Como incineradores, aunque operan en un ambiente bajo de oxígeno,
gasificadores emiten cantidades significantes de contaminantes convencionales y contaminantes peligrosos para el aire. La combustión de carbones restantes (char) después de la producción de Syngas , es también una fuente de contaminación.
Gasificación no destruye sustancias que contaminan el aire, más bien aumentan las emisiones tóxicas
2.Como productores de energía, instalaciones de gasificación emiten más gases de efecto invernadero que plantas de combustibles fósiles y como tal, son incompatibles con los objetivos de reducción de gases de efecto invernadero.
3.Gasificación es incompatible con los objetivos de basura cero y quemará preferencialmente materiales combustibles que por el contrario deben reciclarse.
4.Incineradoras de residuos ganan millones de dólares a partir de las tarifas que tienen que pagar las municipalidades. Las instalaciones sin embargo dependen todavia de subsidios a la energía renovable e incentivos fiscales para ser económicamente viable.
5.Gasificación y combustión de char emiten cantidades considerables de contaminantes al aire.
La eliminación de char requiere la combustión en un quemador independiente o la disposición en un relleno especial debido a la alta concentración de metales pesados. Tanto la combustión de Syngas en la turbina de combustión como la quema del char en la cámara de combustión de char emiten cantidades considerables de contaminación.
Los residuos que se incineran porque no pueden ser reciclado pueden ser muy tóxicos.
Emisiones identificadas de incineradores incluyen partículas, compuestos orgánicos volátiles (COV), metales pesados, dioxinas, dióxido de azufre, monóxido de carbono, mercurio, dióxido de carbono y los furanos.
Incluso pequeñas cantidades de algunas de estas toxinas pueden ser perjudiciales para la salud humana y el medio ambiente.
La dioxina es un potente carcinógeno con ningún conocido nivel seguro de exposición.
El mercurio es la neurotoxina que deteriora las funciones motóricas, sensoriales y cognitivas.
De hecho, el imagen de gasificación como "limpia" no se basa en datos reales.
El informe de ingeniería preparado para el proyecto de Taylor tácitamente acepta que no se conocen las emisiones reales, sus riesgos y su mitigación.
Tales riesgos admitidos dejan claro que la gasificación no es una tecnología mágica que hace a desaparecer los tóxicos.
Incluso en una planta de gasificación, "basura entrada igual a basura salida." – es decir, al quemar más materiales contaminados se aumenta la cantidad de emisiones tóxicas. Incluso con "tecnologías de máximo control", gasificación todavía representa un riesgo significante de emisiones tóxicas.

El Departamento de Desechos de Massachusetts a través de sus propias inspecciones, sigue viendo altos niveles de materiales prohibidos en los DSM enviados y un número grande de cargamentos no controlados, indicando la necesidad de mejorar el cumplimiento de prohibición y aplicación entre todos los responsables –rellenos sanitarios, incineradores municipales y los generadores de desechos.
El incumplimiento de las prohibiciones de entregar residuos peligrosos puede resultar en sanciones, pero en la práctica, parece que avisos de incumplimiento se emiten con moderación y nunca con multas.
En consecuencia, importantes cantidades de residuos peligrosos, pero también materiales reciclables van a los depositos e incineradores - por ejemplo, alrededor del 17 %
de residuos enviados a siete a incinderadoras es papel reciclable.
Dada la dificultad de hacer cumplir las prohibiciones de residuos en los vertederos e incineradoras existentes, es poco probable que tengan mejor éxito en nuevas instalaciones de incineración.
Por lo tanto, incluso con "tecnología de máximo control", gasificación todavía plantea un riesgo significativo de emisión de contaminación tóxica.
Instalaciones de gasificación también emiten cantidades significativas de gases de efecto invernadero. El informe de Tellus, encargado por el
Estado, llegó a la conclusión: Comparado con la gasificación como un medio de eliminación de residuos, un relleno sanitario con captura de gas es la mejor opción: en una base por tonelada de DSM rellenos sanitarios modernos con sistemas eficientes de captura de gas emiten dos y una mitad veces menos CO2 que instalaciones de gasificación y tres y medio veces menos que los incineradores.
Gasificación, como técnica de eliminar desechos es incompatible con los objetivos de reducción de gases de efecto invernadero.
Al declarar esta energia „energía renovable“ que merece subsidios, se intensifica la presión politica de implementar la gasificación.
Como generadores de energía con emisiones de gases de efecto invernadero neto muy altas, incineradoras de residuos son incompatibles con la reducción de emisiones.
Gasificación es incompatible con los objetivos de basura cero.
Ciertos materiales reciclables tienen mayor valor calórico que los no-reciclables, dando lugar a la competencia entre combustión y reciclaje.
Dada la actual incapacidad del estado hacer cumplir la prohibición de disponer materiales reciclables, es preferible centrarse en aumentar significativamente la eficacia de los esfuerzos de reciclaje.
Conclusión
Modificar la prohibición de la incineración en Massachusetts crearía condiciones a futuras modificaciones, expansiones y potencialmente la invitación de tecnologías de producción de energía aún más riesgosos.
Gasificación sigue siendo una tecnología sobreestimada con riesgos significativos de daños ambientales e impactos de la salud y además contradice los objetivos del Plan de aumentar el reciclaje y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.“
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Más informaciones (en inglés) sobre incineración,gasificación, pirólisis:


Interesante un comentario del Sr. Dobner, gerente de Enpower que demuestra el malestar de la indústria con el término incineración y su búsqueda de aceptación por medio de nombres que les suenan más "bonitos“ y nuevos.

"Company spokesperson Edwin Dobner takes issue with the term incinerator, a term that he said stirs up negative connotations that do not reflect the reality of what the power plant will do.
“This project is not an ‘incinerator’ per se, and it would be incorrect to characterize it as such because for the lay person that implies contamination, in the form of increased greenhouse gas production,” said Dobner in an email. “In fact, modern gasification technologies for municipal solid waste represent reductions in greenhouse gas emissions when compared to a standard landfill.”
http://amcostaricaarchives.com/2012/10/controversial-garbage-fed-power-plant-still-on-track/






miércoles, 20 de febrero de 2013

25. Fue Fulano - la versión del CICAP

Fue Fulano

La versión del CICAP 



El 15 de febrero otro profesor de la UCR le solicitó unas informaciones al Centro de Información e Investigación de la UCR. Aqui la respuestas (en verde)
Para no cansar demasiado al lector les quité mucha “grasa empacadora”, repeticiones de lo ya conocido e informaciones que no son de interés en este contexto. Para los que quieren ver el documento completo:




El profesor solicitó el texto de los “Requerimientos para el proyecto incineración que el CICAP presentó a KECO.”

“1. Los requerimientos presentados a KECO no han sido aportados por el CICAP, como se afirma erróneamente en la publicación mencionada (el comunicado de la UCR, J.M.) Fue la FEMETROM que los presentó.” No facilitaron el texto.



Solicitó el texto del “Convenio de cooperación existente entre CICAP y FEMETROM”.

“2. El convenio de cooperación que existe es entre la UCR (!) y FEMETROM, no es especifico del CICAP” (como erróneamente se afirmó, J.M) No facilitaron el texto.



¿Cuáles estudios ha realizado el CICAP con POGRAI?
“3. El CICAP junto con POGRAI realizó el Estudio de Desechos Sólidos en el canton Goicohechea (respecto a su valor calórico, J.M.) CICAP y las escuelas de Biología e Ingeniería Química han tenido reuniones con el afán de hacer de conocimiento de ellos los proyectos que FEMETROM presentó al CICAP para determinar la viabilidad. Este acercamiento se llevó a cabo para conocer la experiencia de los posibles profesionales que pudieran ser parte del grupo de expertos que eventualmente podrían llevar a cabo los estudios que requiere FEMETROM para su proyecto de generación eléctrica a partir de residuos solidos.” 
Propongo al profesor de la UCR Francisco Ruíz, promotor del fracasado proyecto incinerador en Grecia. Véa programa de Era Verde en donde dice: la incineración de desechos "no es dañina en tanto se utilice correctamente."http://www.youtube.com/watch?v=1E1morrIMYw.
Afortunadamente a la vez es repesentante de la empresa KHEMIA, que ofrece sistemas de control de emisiones, consultas ambientales y tramitación de proyectos ante instancias gubernamentales.



¿Cuáles son los coordinadores especialistas en incineración del CICAP que

escogieron la empresa KECO?

“ 4./5./6. No se puede hablar de que se diera una escogencia de la empresa KEKO (por parte del CICAP, J.M.) La relación con esta entidad se da a travez de la FEMETROM. La relación directa es entre la FEMETROM y la empresa Global Biotech (!) El CICAP ha sido coordinador en este proceso, ya que, si bien no es el campo de especialidad del Centro (!) , por la relación con FEMETROM es de gran interes de coayuvar a un proyecto de tanta importancia.” Sin comentario.



¿Desde cuándo data el contacto de CICAP con KECO?

“7. En octubre del año pasado (unos días después de la “discusión” con René Castro, J.M.) los representantes de KECO, como parte de una visita de especialistas de esta empresa al pais, se reunen con el señor Rector, para presentarle un convenio marco, no solo para el desarrollo de estudios que FEMETROM requiere (!), sino adicionando otras áreas como el manejo de tecnología para la protección del medio ambiente....Una vez concedida la aprobación del Dr. Jensen se pasó el convenio por todas las instancias requeridas según la normativa universitaria y logrando el visto bueno se firmó el 31 de enero.”

¿Será que eso explica el lenguaje de algodón que caracteriza el memorando? Lograron que nadie sospechó nada. Pasó sin cuestionamiento alguno.



¿Pertenece la señora Margoth Abarca al personal del CICAP?

Confirmo que la señora Abarca pertenece al equipo del CICAP como gestora de proyectos.”

Saludos cordiales

Lic. Elí Sancho Méndes, coordinador Asesoría y Consultoría.



Conclusión evidente: Ni la UCR y mucho menos el sr. Rector tienen algo que ver con el proyecto incineración. Conversaron con KECO solamente sobre el tiempo cada vez más caliente.

Además la KECO está demasiado ocupada por los problemas en Corea, uno de los emisores más “pecadores” de gases invernaderos - a pesar de sus excelentes incineradores.